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Socios de Red Parques

Podrán constituirse en socios activos los agrupamientos reconocidos que tengan como mínimo una disposición de factibilidad, sean de cualquiera de las categorías reconocidas por los organismos competentes según las normativas vigentes: Parque Industrial, Sector Industrial Planificado, UMPRO, etcétera. Asimismo, podrán serlo aquellas personas físicas que de forma fehaciente representen a un agrupamiento industrial reconocido.

 

Se podrán constituir en socios adherentes todos los agrupamientos que no estén contemplados en las condiciones de socios activos; así como desarrolladores de carácter público o privado y personas físicas profesionales que, por su actividad profesional, intereses o trayectoria deseen ser parte de esta Red de Parques Industriales que estén radicados en el territorio nacional de la república Argentina.

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